La Constitución Política de Colombia en los artículos 23 y 74 consagran el derecho que tiene toda persona a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular, a obtener pronta resolución y a acceder a documentos públicos salvo los casos que establezca la Ley, por tal motivo las Empresas Públicas de Campoalegre, ha estasblecido esta forma para que los ciudadanos puedan hacer uso de los mecanismo de participación ciudadana.
Si tiene algun problema enel cargue por favor ingrese al siguiente link: RQRSD